Permisos Elecciones Generales 10 de noviembre.

Folleto explicativo para las próximas Elecciones Generales del 10 de noviembre, en el cual se explica los permisos retribuidos que te corresponden según sea tu turno de trabajo.




Puedes descargar el folleto en formato PDF para mostrarlo en tu centro de trabajo desde aquí.
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Guía de incapacidad temporal y mutuas

Guía explicativa de incapacidad temporal y mutuas editada por la Secretaría de Salud Laboral de la Federación de Serviciosa la Ciudadanía de CCOO.

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Tablas Salariales 2020

Descarga las tablas salariales para el año 2020



 

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Explicación cómputo de permisos retribuidos, vacaciones e IT Propuesta Convenio Seguridad Privada

A efectos de clarificar la cuestión del cómputo de jornada en la propuesta de nuevo convenio colectivo la forma de proceder sería la siguiente:



  • En aquellos supuestos donde el trabajador/a tenga un cuadrante ajustado a la jornada del convenio (162 horas) si disfrutase de un permiso retribuido se le computaría de tal modo que sería equivalente a haber trabajado la jornada establecida en su cuadrante, es decir, en ningún caso tendría déficit de jornada.





  • En aquellos supuestos donde el trabajador/a tenga un cuadrante con jornada superior a la pactada (más de 162 horas) si disfrutase de un permiso retribuido se le computaría de tal modo que cada día en que le correspondiese trabajar coincidente con el permiso sería equivalente a 7,487 horas, lo que posibilita el cobro de horas extraordinarias en esta situación.



  • Esta regulación supondrá una mejora significativa respecto a la práctica actual que las Empresas vienen efectuando cuantificando esos días de permiso retribuido en 5,33 horas lo que llevaba en muchas ocasiones a déficit de jornada, y resuelve una cuestión que judicialmente no había encontrado
    respuesta en los pleitos planteados ante la Audiencia Nacional que avaló la práctica empresarial.

    Igualmente se clarificaría en la redacción propuesta el cómputo de otra serie de situaciones como la IT (garantizando también la inexistencia de déficit de jornada) y las vacaciones, expresando un criterio único y evitando con ello la diversidad de cómputos que realizan las distintas empresas.

    El texto propuesto sería el siguiente:

    7. Cómputo de jornada en situaciones de Licencias retribuidas, vacaciones e incapacidad temporal.         a.- Cómputo de jornada en situación de licencias retribuidas
    El cómputo de jornada correspondiente a los días de disfrute de licencias retribuidas que coincidan con días de trabajo programado será, con carácter general, el resultado de dividir la jornada ordinaria de trabajo anual pactada con el trabajador, con el límite de 1.782 horas/año, entre el resultado de restar a los días naturales del año, los días regulados en los arts. 55 y 57 del convenio, sin que dicho cómputo pueda, en ningún caso, originar déficit de jornada. En el supuesto de que la jornada programada para ese día fuera inferior al resultado de dicha operación, se computará la jornada programada.


    Cuando dentro del periodo de disfrute de permiso éste coincida con algún día sin trabajo programado, el cómputo de la jornada de ese día será cero.     b.- Cómputo de jornada en situaciones de Incapacidad Temporal y licencias previstas en la letra a) del art. 56  
    En estas situaciones, el cómputo de jornada será el resultado de dividir la jornada anual entre el resultado de restar de los días naturales del año los días de vacaciones previstos en el art. 57 de este convenio, sin que dicho cómputo pueda, en ningún caso, originar déficit de jornada.


        c.- Cómputo de jornada en situación de vacaciones.
    En situación de vacaciones, el cómputo de jornada de cada día de disfrute será el resultado de dividir el cómputo mensual entre el número de días de vacaciones previstos en el art. 57 de este convenio.

    Secretaria Acción Sindical CCOO de Construcción y Servicios

    Descarga el PDF desde aquí


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    CCOO amplia a 6 representantes en comité PROSEGUR-ADIF


    En el día de ayer, 3 de octubre, tuvieron lugar las elecciones para ampliación de comité de empresa PROSEGUR-ADIF.

    Tras un alto porcentaje de participación, 79 papeletas en total, CCOO logró el apoyo mayoritario de los trabajadores y trabajadoras de PROSEGUR-ADIF.
    Los resultados finales fueron:



    • 56 votos CCOO,
    • 21 votos UGT,
    • 1 voto CSIF,
    • 1 voto en blanco.

    Estos espectaculares 56 votos permiten a CCOO aumentar sus tres representantes hasta ahora en el comité de empresa, a 6 representantes de los nueve miembros del comité.

    Agradecer a todos los compañeros y compañeras la confianza depositada en nuestro trabajo. Confianza que sin duda será recompensada con más trabajo, si cabe, y el esfuerzo diario para que los derechos de los trabajadores y trabajadoras sean respetados y defendidos con mayor ahínco aún.

    Como no podría ser de otra manera comenzamos a trabajar desde este mismo momento para no defraudar vuestro mayoritario apoyo y sumar al resto de compañeros y compañeras que escogieron cualquiera de las demás formaciones. Juntos somos más.



    ¡MUCHAS GRACIAS!


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    Apertura de PLYCA Universidad Zaragoza

    En el día de ayer tuvo lugar la apertura de plyca en Universidad de Zaragoza por parte de la Mesa de Contratación  para la adjudicación de los servicios de seguridad y la planificación y asesoramiento de las actividades de seguridad además de los servicios auxiliares de conserjería.

    Tan solo dos empresas presentaron ofertas económicas, GARDA y PROSEGUR, siendo inferior la oferta presentada por la empresa GARDA.

    Además de esto, PROSEGUR presenta una oferta que excede del importe del presupuesto base de licitación, por lo que se acuerda rechazar su oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

    Parece ser que salvo sorpresa mayúscula el contrato continuará siendo gestionado por GARDA.




    Podéis descargar el ACTA completa desde aquí.



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