Calendario laboral y escolar 2021
Acta Número 5 negociación Convenio colectivo Empresas de Seguridad 2021
Esta quinta reunión de la mesa negociadora se ha iniciado con la decisión por parte de UGT de aparcar la plataforma que presentaron en la última reunión y limitarse a presentar una propuesta de convenio a un año con una subida salarial de un 1% y mantener el texto del convenio actual. USO se ha mostrado conforme con esta propuesta.
Por parte de CCOO de Construcción y Servicios nos hemos ratificado en nuestra plataforma, y puesto encima de la mesa nuestra voluntad de seguir negociando, incluso con posibilidad de llegar a un acuerdo para un año pero, en ningún caso, ni con las condiciones que presentó la parte empresarial ni tampoco con la propuesta de UGT y USO, al considerarlas totalmente insuficientes y por tanto inaceptables.
ELA y CIG tampoco están conformes con la propuesta de UGT y USO.
Después de un receso, la parte patronal ofrece un incremento del 1% en los conceptos salariales, propuesta que es aceptada por UGT y USO, con cuya firma conjunta se alcanzaría un acuerdo de convenio colectivo.
CCOO de Construcción y Servicios no está conforme con esta propuesta de acuerdo. Nosotros apostamos por un convenio moderno, con mejoras en todos los ámbitos que consigan hacerlo atractivo para que nuevos trabajadores y trabajadoras jóvenes puedan acercarse al mismo, y que elimine la actual conflictividad de muchos de sus artículos. Con este acuerdo no se cumplen estos parámetros. Lo llevaremos a nuestros órganos internos para cumplir con el funcionamiento democrático de nuestra organización.
Aprovechamos para llamar la atención sobre los “cantos de sirena” que suponen determinadas reivindicaciones o pretensiones que se pretenden mezclar con el debate sobre el convenio colectivo, como son las referencias a cuestiones como anticipación de la edad de jubilación, planes de formación reglados, condición de agente de autoridad, etc,…, No hay que dejarse llevar a engaño, todas estas cuestiones no pueden regularse en el convenio colectivo, y por ello no forman parte de nuestra plataforma, dado que dependen del poder legislativo. En ese sentido nuestra apuesta es llegar a acuerdos de planes de trabajo para tratar de influir en los órganos legitimados para regular estos ámbitos pero nada más. Esta es una aclaración que queremos plasmar para evitar equívocos y evitar que determinadas personas u organizaciones den mensajes que no son correctos. CCOO de Construcción y Servicios no va a vender humo. Reivindicamos cuestiones que sí pueden incluirse en el convenio colectivo.
Podéis descargar el acta en formato PDF.
Acta Número 4 negociación Convenio colectivo Empresas de Seguridad 2021
En ésta cuarta reunión las partes se han ratificado en sus posturas. UGT plantea nueva plataforma.
Se plantean avances en la redacción, parte técnica, sobre el registro horario, texto iniciado en la comisión de redacción técnica del anterior convenio.
CCOO de Construcción y Servicios se ratifica en la plataforma presentada en la anterior reunión y estudiará las diferentes propuestas que se entregan en la presente reunión.
Se cita la próxima reunión para el viernes.
Seguiremos luchando por un convenio de mejora y digno en estos tiempos complicados.
EL acta íntegra podéis descargarla en formato PDF.
Acta Número 3 negociación Convenio colectivo Empresas de Seguridad 2021
En ésta tercera reunión de la mesa negociadora del sector de la Seguridad Privada, la parte patronal ha puesto encima de la mesa una propuesta basada en una subida salarial de un 0,5% con aplicación para el año 2021 exclusivamente.
Para CCOO de Construcción y Servicios esta propuesta es claramente insuficiente. Hemos planteado nuestra propuesta completa, desarrollando los distintos epígrafes entre los que destacan:
Subida salarial de 4% por año en un convenio a 4 años.
Avances en materia de Igualdad.
Abono de las horas extraordinarias cada mes.
Desarrollo de diferentes pluses.
Reducción de la jornada de trabajo.
Día de permiso retribuido.
Mejoras en la redacción para evitar conflictividad, etc...
Seguiremos presionando en la mesa de negociación para lograr el mejor de los convenios posibles con el objetivo claro de mejorar las condiciones de los trabajadores y trabajadoras del sector de la Seguridad Privada.
Puedes descargar el acta en formato PDF
Nuevas prestaciones de la Seguridad Social para trabajadores afectados por Coronavirus
Podéis descargar PDF con las nuevas prestaciones prestaciones de la Seguridad Social para los trabajadores/as afectados por coronavirus desde la AQUÍ
Guía de incapacidad temporal y mutuas
Explicación cómputo de permisos retribuidos, vacaciones e IT Propuesta Convenio Seguridad Privada
7. Cómputo de jornada en situaciones de Licencias retribuidas, vacaciones e incapacidad temporal. a.- Cómputo de jornada en situación de licencias retribuidas
El cómputo de jornada correspondiente a los días de disfrute de licencias retribuidas que coincidan con días de trabajo programado será, con carácter general, el resultado de dividir la jornada ordinaria de trabajo anual pactada con el trabajador, con el límite de 1.782 horas/año, entre el resultado de restar a los días naturales del año, los días regulados en los arts. 55 y 57 del convenio, sin que dicho cómputo pueda, en ningún caso, originar déficit de jornada. En el supuesto de que la jornada programada para ese día fuera inferior al resultado de dicha operación, se computará la jornada programada.
Cuando dentro del periodo de disfrute de permiso éste coincida con algún día sin trabajo programado, el cómputo de la jornada de ese día será cero. b.- Cómputo de jornada en situaciones de Incapacidad Temporal y licencias previstas en la letra a) del art. 56
En estas situaciones, el cómputo de jornada será el resultado de dividir la jornada anual entre el resultado de restar de los días naturales del año los días de vacaciones previstos en el art. 57 de este convenio, sin que dicho cómputo pueda, en ningún caso, originar déficit de jornada.
c.- Cómputo de jornada en situación de vacaciones.
En situación de vacaciones, el cómputo de jornada de cada día de disfrute será el resultado de dividir el cómputo mensual entre el número de días de vacaciones previstos en el art. 57 de este convenio.
Tabla de Consanguinidad y Permisos
- Matrimonio: diecisiete días. El trabajador podrá disfrutar continuadamente la licencia de matrimonio y la vacación anual, siempre que lo solicite a la empresa con una antelación mínima de dos meses.
- Durante dos días, que podrán ampliarse hasta cuatro máximos cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos de alumbramiento de esposa o adopción, o de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario o fallecimiento de cónyuge, hijos de ambos, uno u otro cónyuge, padre, madre, nietos, abuelos o hermanos de uno u otro cónyuge. En caso de enfermedad o intervención grave, este permiso podrá tomarse dentro de los siete días desde el hecho causante incluido.
- Durante un mínimo de dos días para traslado de su domicilio.
- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal de acuerdo con la legislación que al efecto hubiere, incluyéndose en este tiempo el que corresponda al invertido en denuncias derivadas del cumplimiento del servicio.
- Por el tiempo establecido para disfrutar de los derechos educativos generales y de la formación profesional, en los supuestos y en la forma regulados por el Estatuto de los Trabajadores.
- Por el matrimonio de padres, hijos, hermanos y nietos de uno u otro cónyuge, y previa justificación, tendrán derecho a un día de licencias para asistir a la boda, ampliable a tres días por desplazamiento.
- Por bautizo de un hijo o nieto, un día de permiso.
- Por Primera Comunión de un hijo o nieto, un día de permiso.
- Por cita de médico especialista del INSALUD u organismo oficial de salud equivalente de las Comunidades Autónomas, tres horas de permiso como máximo.
- Por tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y
técnicas de preparación al parto, que deben realizarse dentro de la
jornada de trabajo. Los derechos que
correspondan a los permisos cuyo estado civil es el matrimonio legal se
extenderán a las parejas que convivan en común salvo lo previsto en el
apartado a), justificando esa convivencia mediante certificado de
empadronamiento u otro equivalente.
Calendario Laboral 2020
El Gobierno de Aragón ha aprobado las 12 fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón. El BOA de 6 de junio publica dichos festivos.

Ley de Seguridad Privada
Formulario obtención/renovación Licencia de Armas.
Información general
Pruebas a realizar para la concesión
- Conocimiento y manejo del arma.
- Ejercicio práctico de tiro.
- Ejercicio escrito.
Normativa de regulación de las pruebas
Más información
Concesión y vigencia
Solicitudes y documentación
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes)
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
- Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempeñar.
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
- Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790, pulse aquí para acceder a la plataforma.
- Declaración del solicitante, con la conformidad del jefe, autoridad o superior de quien inmediatamente dependa, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o a procedimiento disciplinario.
- Carta de solicitud para tomar parte en las pruebas para la obtención de la licencia de armas tipo C.
Renovación Tarjeta Profesional.
Renovar la Tarjeta de Identidad Profesional por motivo de caducidad, extravío, robo o deterioro y canjear la de los antiguos Vigilantes Jurados.¿Qué es?
Clases y tipologías
¿Quiénes son los interesados?
Requisitos
Periodo de validez
¿Cómo se gestiona?
Modelo de solicitud
¿Dónde se presenta la documentación?
Documentos
Datos básicos del procedimiento
- Por competencia propia
- Dirección General de la Policía
- Por delegación
- Comisario General de Seguridad Ciudadana (Orden de 30 de noviembre de 1998).
- LEY 14/2000. de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, punto 2 de la disposición adicional vigésimo novena, (BOE Nº 313, de 30 de diciembre).
- Contencioso - Administrativo
- Órgano que resuelve el recurso:
- Juzgados de lo Contencioso
- Juzgados Centrales de lo Contencioso Adtvo.; Salas de lo Contencioso Adtvo. del Tribunal Superior de Justicia
- Sala de lo Contencioso-Adtvo. de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Adtvo. del Tribunal Supremo
- Plazo de interposición del recurso: 2 meses acto expreso, 6 meses acto presunto.
- LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada.
- REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
- ORDEN INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

























