
-VIGENCIA: Partiendo de la premisa de que el sector necesita una clara determinación de cuáles son los costes para contratos plurianuales, en particular aquellos vinculados con las administraciones públicas, entendemos que resulta necesario que la vigencia del convenio colectivo siga la línea fijada en el anterior convenio colectivo por lo que se propone que el ámbito temporal del mismo abarque el período 2021-2024.
-INCREMENTOS TÉRMINOS ECONÓMICOS DEL CONVENIO. Subida de todos los conceptos durante todo el período de vigencia del convenio de un total de un 16%, distribuido a razón de un incremento de un 4% anual. Este incremento resulta necesario para seguir dignificando a los compañeros y compañeras del sector, los cuales se han mostrado como esenciales para la sociedad durante la pandemia estando en primera línea, pero sin tener un nivel retributivo que compense debidamente su formación, profesionalidad y riesgos.
-ESTRUCTURA SALARIAL. Modificación de la misma de modo que tanto el plus de transporte como el plus de vestuario pasen a formar parte del salario base.
-PLUS DE FIN DE SEMANA Y FESTIVO. Universalización del plus para todas las personas que regulan sus relaciones laborales por el Convenio Colectivo.
-PLUS DE JEFE DE EQUIPO. Fijar el valor unitario del 10% del Plus de Jefe de Equipo.
-PLUS DE PELIGROSIDAD. Incremento progresivo del plus de peligrosidad mínimo para todos los vigilantes de forma que se vaya equiparando al importe del plus de peligrosidad para el vigilante armado.
-OTROS PLUSES. Incorporación al convenio de Pluses específicos por los siguientes conceptos: conducción, idiomas, canero, acudas, turnicidad, hospitalario, infraestructuras críticas.
-JORNADA DE TRABAJO. Reducción de la jornada anual a 1774 horas y entrega de cuadrante mensual con una antelación mínima de 10 días a su inicio con el fin de conciliar la vida familiar y laboral.
-1 DÍA DE PERMISO RETRIBUIDO POR ASUNTOS PROPIOS CON CONSIDERACIÓN DE LAS HORAS EMPLEADAS COMO TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO.
INCLUIR PERMISO RETRIBUIDO PARA ASISTENCIA A CONSULTA MÉDICA CON MENORES DE EDAD.
-DÍA DE INICIO DEL CÓMPUTO DE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS. Aclarar que los permisos empiezan a disfrutarse el primer día que el trabajador debiera acudir a su puesto de trabajo según su cuadrante.
-HORAS EXTRAORDINARIAS. Abono durante el mes de su realización o a más tardar al mes siguiente de su realización. No posible diferir su abono a la realización de la jornada anual por la persona trabajadora.
-CLAUSULA DE ACTUALIZACIÓN SMI. Introducción de una cláusula que regule de forma automática la adecuación de los salarios al SMI.
-SUBROGACIÓN. Mejoras de redacción que garanticen la subrogación de la totalidad del personal y el mantenimiento de los puestos de trabajo y todas las condiciones laborales de los trabajadores/as afectados por la subrogación. Incluir en todo caso al relevista y el personal en situación de jubilación parcial como objeto de subrogación, así como aclarar otros supuestos potencialmente conflictivos.
-VACACIONES. SUBROGACIÓN. La empresa saliente abonará la parte de vacaciones que le corresponda a cada trabajador hasta la fecha de la subrogación, estando obligada la empresa entrante a la concesión del disfrute de las vacaciones correspondientes por los dos períodos y al abono solamente de la parte que le corresponda según el tiempo de servicio en la misma. En caso de subrogación, las empresas habrán de respetar el calendario vacacional establecido.
-RECONOCIMIENTOS MÉDICOS Y VIGILANCIA DE LA SALUD. Mejora de los mismos y establecimiento de Pluses de riego biológico, de penosidad y toxicidad para determinados puestos de trabajo (Hospitales, centrales nucleares, industrias químicas de riesgo…). Mejora de todo el texto relativo a salud laboral y prevención de riesgos.
-INCORPORACIÓN DE LOS ACUERDOS ALCANZADOS EN COMISIÓN PARITARIA SOBRE INTERPRETACIÓN DE DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL CONVENIO.
-MEJORAS DE REDACCIÓN Y ACLARACIÓN DE ARTÍCULOS QUE GENERAN SITUACIONES DE CONFLICTO EN EL DÍA A DÍA.
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